Paso 7. Reporte e investigación de incidentes, accidentes de
trabajo y enfermedades laborales.
Es significativo recordar que las empresas deben reportar e investigar todos los accidentes de trabajo
y enfermedades laborales calificadas, además de investigar los reportes de
incidentes.
Reporte de incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades
laborales
El empleador o contratante está
obligado a reportar a la Administradora de Riesgos Laborales (ARL) y a la
Entidad Prestadora de Salud (EPS) TODOS los accidentes de trabajo y enfermedades
laborales diagnosticadas de los trabajadores, incluyendo los vinculados a
través de contrato de prestación de servicios dentro de los dos (2) días
hábiles siguientes a la ocurrencia del accidente o al diagnóstico de la
enfermedad laboral. Copia de este reporte deberá suministrarse al trabajador.
SOLO los accidentes graves y
mortales, como las enfermedades laborales diagnosticadas deberán ser reportados
a la Dirección Territorial u Oficina especial del Ministerio del Trabajo dentro
del término ya mencionado.
El reporte de accidente de
trabajo o enfermedad laboral deberá ser diligenciado por el empleador o contratante,
o por sus delegados o representantes.
Toda organización debe demostrar
la existencia del registro y reporte de los accidentes e incidentes y enfermedades
diagnosticadas.
El no reporte puede acarrear una
multa de hasta 1.000 s.m.m.l.v. y el reporte extemporáneo hasta 500 s.m.m.l.v.
Investigación de incidentes
y accidentes de trabajo
El empleador o contratante debe
investigar TODOS los accidentes e incidentes de los trabajadores,
incluyendo los vinculados a través de contrato de prestación de servicio,
dentro de los quince (15) días siguientes a su ocurrencia (calendario). SOLO
en caso de accidente grave o mortal se deberá remitir la investigación
a la Administradora de Riesgos Laborales (ARL), dentro del término ya
mencionado.
Esta investigación debe
realizarse a través del equipo investigador, el cual debe estar conformado como
mínimo por:
- El jefe inmediato o supervisor del trabajador accidentado o del área donde ocurrió el incidente.
- Un representante del Comité Paritario de la Seguridad y Salud en el Trabajo (COPASST) o el Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST).
- El responsable del desarrollo del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).
Cuando el accidente se considere
grave o produzca la muerte, en la investigación deberá participar un profesional
con licencia en Seguridad y Salud en el Trabajo (SST), propio o contratado.
Aspectos a tener en cuenta en
las investigaciones de incidentes o accidentes de trabajo:
- Establecer un mecanismo para realizar la investigación de los accidentes e incidentes que incluya todos los parámetros definidos en la Resolución 1401 de 2007 o que la modifique o complemente.
- Establecer acciones preventivas, correctivas y de mejora necesarias.
Es importante determinar las
causas del evento, para lo cual se puede utilizar alguna de las siguientes metodologías:
- Diagrama causa-efecto.
- Teoría de los cinco porqués.
- Lluvia de ideas.
- Benchmarking (Medida de Calidad).
- Taproot.
- Tasc – Técnica de Análisis Sistemático de Causas.
El resultado de la investigación
debe permitir, entre otros, lo siguiente:
- Identificar y documentar las deficiencias del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).
- Informar los resultados a los trabajadores directamente relacionados con sus causas o controles.
- Informar a la alta dirección sobre el ausentismo laboral por incidentes, accidentes y enfermedades laborales.
- Alimentar la revisión de la alta dirección.
Fuente: MINTRABAJO
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