domingo, 4 de septiembre de 2016
sábado, 3 de septiembre de 2016
viernes, 2 de septiembre de 2016
(SG-SST) MIPYMES: Paso 10. Acciones preventivas o correctivas
Paso 10. Acciones preventivas o correctivas
El empleador debe definir e implementar acciones correctivas o
preventivas, esto con el fin de gestionar las no conformidades reales o
potenciales que puedan influir en una desviación del Sistema de Gestión de la
Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).
Las acciones pueden ser derivadas, entre otras, de las siguientes
actividades:
- Resultados de las inspecciones y observación de tareas.
- Investigación de incidentes y accidentes de trabajo.
- Auditorías internas y externas.
- Sugerencias de los trabajadores.
- Revisión por la Alta Dirección.
- Cambios en procedimientos o métodos de trabajo.
Lo anterior debe contemplar una metodología que permita eliminar
la causa raíz.
La organización debe asegurarse de documentar y soportar el plan
de acción definido en la acción correctiva o preventiva y verificar si estas
fueron efectivas.
* El análisis de causas se puede realizar con la
metodología que la empresa desee adoptar de acuerdo con las necesidades de la empresa, las más utilizadas son las
siguientes:
- Diagrama causa-efecto.
- Teoría de los cinco porqués.
- Lluvia de ideas.
- Benchmarking (Medida de Calidad).
Fuente: MINTRABAJO
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jueves, 1 de septiembre de 2016
(SG-SST) MIPYMES: Paso 9. Medición y evaluación de la gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo (SST).
Paso 9. Medición y evaluación de la gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo (SST).
Indicadores de estructura,
proceso y resultado que miden el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en
el Trabajo (SG-SST).
Por medio de los indicadores se
verifica el cumplimiento del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el
Trabajo (SG-SST) y de acuerdo con los resultados se establecen las acciones
correctivas, preventivas o de mejora necesarias.
El empleador debe definir los
indicadores (cualitativos o cuantitativos según corresponda) mediante los
cuales evalúe la estructura, el proceso y los resultados del Sistema de Gestión
de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) y debe hacer seguimiento a los
mismos. Estos indicadores deben alinearse con el plan estratégico de la empresa
y hacer parte del mismo.
Los indicadores del Sistema de
Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) se dividen en tres
tipos:
Indicadores que evalúan la estructura
del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST):
Medidas verificables de la
disponibilidad y acceso a recursos, políticas y organización con que cuenta la
empresa para atender las demandas y necesidades en Seguridad y Salud en el
Trabajo (SST), ejemplo:
- Número de requisitos del numeral 2.2.4.6.20 que cumplan con las especificaciones del Decreto 1072 / número de requisitos solicitados por dicho numeral
Indicadores que evalúan el
proceso del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST):
Medidas verificables del grado de desarrollo e implementación
del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), ejemplo:
- Número de actividades cumplidas del plan anual de trabajo / número de actividades programadas en el plan anual de trabajo
Indicadores que evalúan el
resultado del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST):
Medidas verificables de los cambios alcanzados en el
periodo definido, teniendo como base la programación y la aplicación de
recursos propios del programa o del sistema de gestión, ejemplo:
- Número de accidentes ocurridos en el periodo – número de accidentes del periodo anterior / accidentes del periodo anterior
Auditorías
internas del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).
El programa de auditoría interna
debe comprender como mínimo, lo siguiente:
- Definir la idoneidad del (de los) auditor (es) internos.
- El alcance de la auditoría.
- La periodicidad de la auditoría.
- La metodología y la presentación de los informes.
El
alcance de la auditoria interna debe
abarcar entre otros lo siguiente:
- El cumplimiento de la Política de Seguridad y Salud en el trabajo (SST).
- El resultado de los indicadores de estructura, proceso y resultado.
- La participación de los trabajadores.
- El desarrollo de la responsabilidad y la obligación de rendir cuentas.
- El mecanismo de comunicación de los contenidos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG–SST) a los trabajadores.
- La planificación, desarrollo y aplicación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST).
- La gestión del cambio.
- La consideración de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) en las nuevas adquisiciones.
- El alcance y aplicación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) frente a los proveedores y contratistas.
- La supervisión y medición de los resultados.
- El proceso de investigación de incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales, y su efecto sobre el mejoramiento de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) en la empresa.
- El desarrollo del proceso de auditoría.
- La evaluación por parte de la alta dirección.
Revisión anual al Sistema
de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) por parte de la alta
dirección.
La revisión por la alta
dirección es un informe ejecutivo en el cual se verifica el grado de cumplimiento
del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG –SST), esta se debe hacer por
lo menos una vez al año.
La información de entrada para la revisión por la alta dirección
debe incluir:
- Estrategias implementadas en Seguridad y Salud en el Trabajo (SST).
- Plan de trabajo anual.
- Recursos asignados al Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).
- Satisfacción de necesidades de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST).
- Cambios del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).
- Revisiones por la alta dirección, anteriores.
- Resultado de indicadores del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).
- Resultado de auditorías del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).
- Prioridades en Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) detectadas.
- Política y objetivos de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST).
- Eficacia de las medidas de prevención y control.
- Rendición de cuentas sobre el desempeño de los trabajadores en Seguridad y Salud en el Trabajo (SST).
- Identificación de peligros, evaluación y valoración de los riesgos.
- Gestión de peligros.
- Promoción de la participación de los trabajadores en Seguridad y Salud en el Trabajo (SST).
- Cumplimiento de normatividad.
- Acciones correctivas, preventivas o de mejora.
- Inspecciones de trabajo en Seguridad y Salud en el Trabajo (SST).
- Vigilancia de las condiciones de salud de los trabajadores.
- Reporte e investigación de los incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales.
- Ausentismo laboral.
- Programas de rehabilitación de la salud de los trabajadores.
La revisión por la alta dirección debe estar documentada
y los resultados de la misma deben ser divulgados al Comité Paritario de
Seguridad y Salud en el Trabajo (COPASST) o Vigía de Seguridad y Salud en el
Trabajo (SST) y al responsable del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud
en el Trabajo (SG-SST) quienes deberán definir e implementar las acciones preventivas,
correctivas y de mejora a que hubiese lugar.
Fuente: MINTRABAJO
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miércoles, 31 de agosto de 2016
(SG-SST) MIPYMES: Paso 8. Criterios para adquisición de bienes o contratación de servicios con las disposiciones del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST)
Paso 8. Criterios para adquisición de bienes o contratación de servicios
con las disposiciones del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el
Trabajo (SG-SST).
Adquisición de bienes
La empresa debe establecer y mantener un procedimiento para adquisiciones, con el fin de
garantizar que se identifiquen y evalúen en las especificaciones relativas a
las compras o adquisiciones de productos y servicios, las disposiciones
relacionadas con el cumplimiento del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud
en el Trabajo (SG-SST) por parte de la empresa.
Contratación
El empleador debe considerar
como mínimo los siguientes aspectos para sus proveedores, trabajadores
dependientes, trabajadores cooperados, trabajadores en misión, contratistas y
sus trabajadores o sub contratistas durante el desempeño de las actividades
objeto del contrato:
- Aspectos de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) para la selección y evaluación.
- Procurar canales de comunicación para la Seguridad y Salud en el Trabajo (SST).
- Verificar antes del inicio del trabajo y periódicamente la afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales.
- Informar previo al inicio del contrato los peligros y riesgos generales y específicos de su zona de trabajo.
- Informar sobre los presuntos accidentes de trabajo y enfermedades laborales ocurridas.
- Verificar periódicamente y durante el desarrollo de las actividades objeto del contrato, el cumplimiento de la normatividad en Seguridad y Salud en el Trabajo (SST).
Fuente: MINTRABAJO
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martes, 30 de agosto de 2016
(SG-SST) MIPYMES: Paso 7. Reporte e investigación de incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales
Paso 7. Reporte e investigación de incidentes, accidentes de
trabajo y enfermedades laborales.
Es significativo recordar que las empresas deben reportar e investigar todos los accidentes de trabajo
y enfermedades laborales calificadas, además de investigar los reportes de
incidentes.
Reporte de incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades
laborales
El empleador o contratante está
obligado a reportar a la Administradora de Riesgos Laborales (ARL) y a la
Entidad Prestadora de Salud (EPS) TODOS los accidentes de trabajo y enfermedades
laborales diagnosticadas de los trabajadores, incluyendo los vinculados a
través de contrato de prestación de servicios dentro de los dos (2) días
hábiles siguientes a la ocurrencia del accidente o al diagnóstico de la
enfermedad laboral. Copia de este reporte deberá suministrarse al trabajador.
SOLO los accidentes graves y
mortales, como las enfermedades laborales diagnosticadas deberán ser reportados
a la Dirección Territorial u Oficina especial del Ministerio del Trabajo dentro
del término ya mencionado.
El reporte de accidente de
trabajo o enfermedad laboral deberá ser diligenciado por el empleador o contratante,
o por sus delegados o representantes.
Toda organización debe demostrar
la existencia del registro y reporte de los accidentes e incidentes y enfermedades
diagnosticadas.
El no reporte puede acarrear una
multa de hasta 1.000 s.m.m.l.v. y el reporte extemporáneo hasta 500 s.m.m.l.v.
Investigación de incidentes
y accidentes de trabajo
El empleador o contratante debe
investigar TODOS los accidentes e incidentes de los trabajadores,
incluyendo los vinculados a través de contrato de prestación de servicio,
dentro de los quince (15) días siguientes a su ocurrencia (calendario). SOLO
en caso de accidente grave o mortal se deberá remitir la investigación
a la Administradora de Riesgos Laborales (ARL), dentro del término ya
mencionado.
Esta investigación debe
realizarse a través del equipo investigador, el cual debe estar conformado como
mínimo por:
- El jefe inmediato o supervisor del trabajador accidentado o del área donde ocurrió el incidente.
- Un representante del Comité Paritario de la Seguridad y Salud en el Trabajo (COPASST) o el Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST).
- El responsable del desarrollo del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).
Cuando el accidente se considere
grave o produzca la muerte, en la investigación deberá participar un profesional
con licencia en Seguridad y Salud en el Trabajo (SST), propio o contratado.
Aspectos a tener en cuenta en
las investigaciones de incidentes o accidentes de trabajo:
- Establecer un mecanismo para realizar la investigación de los accidentes e incidentes que incluya todos los parámetros definidos en la Resolución 1401 de 2007 o que la modifique o complemente.
- Establecer acciones preventivas, correctivas y de mejora necesarias.
Es importante determinar las
causas del evento, para lo cual se puede utilizar alguna de las siguientes metodologías:
- Diagrama causa-efecto.
- Teoría de los cinco porqués.
- Lluvia de ideas.
- Benchmarking (Medida de Calidad).
- Taproot.
- Tasc – Técnica de Análisis Sistemático de Causas.
El resultado de la investigación
debe permitir, entre otros, lo siguiente:
- Identificar y documentar las deficiencias del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).
- Informar los resultados a los trabajadores directamente relacionados con sus causas o controles.
- Informar a la alta dirección sobre el ausentismo laboral por incidentes, accidentes y enfermedades laborales.
- Alimentar la revisión de la alta dirección.
Fuente: MINTRABAJO
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lunes, 29 de agosto de 2016
(SG-SST) MIPYMES: Paso 6. Prevención, preparación y respuesta ante emergencias
Paso 6. Prevención, preparación y respuesta ante emergencias
Todas las empresas deben implementar y mantener las disposiciones
necesarias en materia de prevención, preparación y respuesta ante emergencias,
con cobertura a todos los centros, turnos de trabajo y todos los trabajadores,
independiente de su forma de contratación o vinculación, incluidos contratistas
y subcontratistas, así como proveedores y visitantes.
Para complementar lo anterior, se debe mantener actualizada la
identificación sistemática de amenazas y el análisis de la vulnerabilidad de
las mismas que puedan afectar a la empresa; también deben contar con las
medidas de protección acordes con las amenazas detectadas, las cuales deben ser
capaces de responder eficaz y efectivamente a una emergencia para reducir la
afectación al entorno, ambiente, personas y a la propiedad.
Cada empresa puede articularse con las instituciones locales o
regionales, tales como Bomberos de Colombia, Fondo Nacional de Gestión del
Riesgo de Desastres, Defensa Civil, Cruz Roja Colombiana, entre otros.
Para que cada empresa pueda implementar su Plan de prevención,
preparación y respuesta ante emergencias debe considerar lo siguiente:
Adicional a lo anterior se debe
tener en cuenta los siguientes aspectos:
1.
Valorar y
evaluar los riesgos considerando el número de trabajadores expuestos, los
bienes y servicios de la empresa.
2.
Diseñar e
implementar los procedimientos para prevenir, controlar las amenazas priorizadas
o minimizar el impacto de las no prioritarias.
3.
Asignar los
recursos necesarios para diseñar e implementar los programas, procedimientos o
acciones necesarias, para prevenir y controlar las amenazas prioritarias o
minimizar el impacto de las no prioritarias.
4.
Implementar
las acciones factibles, para reducir la vulnerabilidad de la empresa frente a
estas amenazas que incluye entre otros, la definición de planos de
instalaciones y rutas de evacuación.
5.
Informar,
capacitar y entrenar incluyendo a todos los trabajadores, para que estén en
capacidad de actuar y proteger su salud e integridad, ante una emergencia real
o potencial.
6.
Realizar
simulacros como mínimo una vez al año con la participación de todos los
trabajadores.
7.
Conformar,
capacitar, entrenar y dotar la brigada de emergencias, acorde con su nivel de
riesgo y los recursos disponibles, que incluya la atención de primeros
auxilios.
8.
Inspeccionar
con la periodicidad que sea definida en el Sistema de Gestión de la Seguridad y
Salud en el Trabajo (SG-SST), todos los equipos relacionados con la prevención
y atención de emergencias incluyendo sistemas de alerta, señalización y alarma,
con el fin de garantizar su disponibilidad y buen funcionamiento.
9. Desarrollar programas o planes de ayuda mutua ante
amenazas de interés común, identificando los recursos para la prevención, preparación
y respuesta ante emergencias en el entorno de la empresa y articulándose con
los planes que para el mismo propósito puedan existir en la zona donde se ubica
la empresa.
El diseño del plan de prevención, preparación y respuesta ante emergencias debe permitir su integración con otras iniciativas, como los planes de continuidad de negocio, cuando así proceda.
Fuente: MINTRABAJO
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domingo, 28 de agosto de 2016
(SG-SST) MIPYMES: Paso 5. Programa de capacitación, entrenamiento, inducción y reinducción en Seguridad y Salud en el Trabajo (SST)
Paso 5. Programa de capacitación, entrenamiento, inducción
y reinducción en Seguridad y Salud en el Trabajo (SST).
Para iniciar con la formulación del Programa de capacitación,
entrenamiento, inducción y reinducción en Seguridad y Salud en el Trabajo (SST),
se debe definir los temas mínimos, especialmente cuando se traten temas
asociados a las actividades críticas de la organización, teniendo en cuenta los
resultados obtenidos de la aplicación de la metodología de identificación de
peligros, evaluación y valoración de los riesgos.
En la formulación del contenido del Programa de capacitación, entrenamiento,
inducción y reinducción en Seguridad y Salud en el Trabajo (SST), se deben
tener en cuenta los aspectos relacionados con la prevención y promoción de la
seguridad y salud de los trabajadores y puede incluir:
- Identificación de las necesidades de capacitación y/o entrenamiento en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), por nivel y su actualización de acuerdo con las necesidades de la empresa.
- Temas mínimos por grupos de interés (brigada, vigía o COPASST, alta dirección, trabajadores).
- Objetivo.
- Alcance.
- Contenido.
- Registros de las personas a capacitar.
Para determinar las necesidades del Programa de
Capacitación se debe tener en cuenta las competencias requeridas por los
trabajadores para el desempeño seguro de su labor:
El empleador debe proporcionar a todo trabajador que ingrese por
primera vez a la emprersa, independiente de su forma de contratación,
vinculación y de manera previa al inicio de sus labores, una inducción en los aspectos
generales y específicos de las actividades a realizar, que incluya entre otros,
la identificación y el control de peligros y riesgos en su trabajo y la
prevención de accidentes de trabajo y enfermedades laborales.
Fuente: MINTRABAJO
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sábado, 27 de agosto de 2016
(SG-SST) MIPYMES: Paso 4. Plan de trabajo anual del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) y asignación de recursos
Paso 4. Plan de Trabajo Anual del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en
el Trabajo (SG-SST) y asignación de recursos
Es necesario diseñar y desarrollar un Plan de trabajo anual del
Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), el cual
contemplara información de entrada, como por ejemplo:
- Evaluación inicial.
- Identificación de peligros, evaluación y valoración de riesgos.
- Resultados de las auditorías internas.
- Revisiones por la alta dirección.
- Acciones preventivas y correctivas.
- Entre otras
En el Plan de trabajo anual del Sistema de Gestión de la
Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) de cada empresa se debe
identificar como mínimo lo siguiente:
- Metas.
- Responsabilidades.
- Recursos (financieros, técnicos y el personal necesario).
- Cronograma de actividades.
El plan de trabajo anual debe ser firmado por el Responsable del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) y el empleador.
Fuente: MINTRABAJO
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